Cyrus Capital Partners L.P. and Contrarian Capital Management LLC v United Mexican States - ICSID Case No. ARB/23/33 - Procedural Order No 8 - Solicitud de Suspensión del Procedimiento de las Demandantes - Spanish - 5 November 2025
Country
Year
2025
Summary
Source: icsid.worldbank.org
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III. EL ANÁLISIS DEL TRIBUNAL
16. El Tribunal comienza señalando que el hecho de que existan, o puedan existir, negociaciones o discusiones (cuyos detalles no son pertinentes) para la resolución de una controversia no es, en sí mismo, relevante, a menos que ambas partes estén de acuerdo en pausar el procedimiento para permitir que dichas negociaciones tengan lugar.
17. El Tribunal observa además que los procesos judiciales en México forman parte de la matriz fáctica del presente procedimiento. Sin embargo, las Demandantes no han demostrado que la resolución del Tribunal Federal de Distrito de EE. UU. proporcione motivos suficientes para justificar la suspensión del presente procedimiento.
18. Por último, el Tribunal considera que la mera litispendencia de laudos en otros procedimientos, que a lo sumo tendrían efecto persuasivo, no justifica la suspensión del presente procedimiento.
IV. DECISIÓN
19. Por los motivos que anteceden, el Tribunal desestima la Solicitud de Suspensión de las Demandantes.
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